viernes, 3 de febrero de 2012

Darío Díaz. Programa Protección de Testigos del Ministerio Justicia.
    A pesar de lo que muchas personas creen, el Programa de Protección de Testigos funciona hace solo cuatro años en Argentina.
    DiarioJudicial.com dialogó con Darío Díaz, encargado del funcionamiento del área que funciona bajo la órbita del Ministerio de Justicia y explicó cómo funciona, cómo se puede acceder a él y otras consideraciones acerca de una iniciativa que nació con la sanción de la Ley 25.764.
    En 1998 fue la apertura de la oficina. Pero recién en 2003 se sancionó la Ley 25.764 que brindó las especificaciones que requería el Programa de Protección de Testigos. Pero hubo un hecho que catapultó su funcionamiento recién en septiembre de 2006. “Después de la desaparición de Julio López decidimos potenciar la iniciativa prevista en la Ley”, aseguró Darío Díaz, encargado e impulsor del Programa en Argentina.
    DiarioJudicial.com realizó un reportaje a Díaz, quien refirió que la situación suscitada a raíz de la desaparición de Julio López hizo que las autoridades ministeriales tuvieran que encargarse de lleno de lograr que el Programa funcionara. Fue también gracias al impulso que él brindó en la órbita de la cartera dirigida por Julio Alak que, finalmente, el proyecto comenzó a tomar forma hasta generar la estructura que hoy posee.
    El Programa está destinado a “la ejecución de las medidas que preserven la seguridad de imputados y testigos que se encontraren en una situación de peligro para su vida o integridad física, que hubieran colaborado de modo trascendente y eficiente en una investigación judicial de competencia federal relativa a los delitos previstos por los artículos 142 bis y 170 del Código Penal de la Nación y los previstos por las Leyes 23.737 y 25.241”, como consigna el texto de la legislación vigente al respecto.
http://www.diariojudicial.com/documentos/2011_Diciembre/PROGRAMA_NACIONAL_DE_PROTECCION_A_TESTIGOS_E_IMPUTADOS.doc
Agencia de noticias DH.

No hay comentarios:

Publicar un comentario