lunes, 23 de enero de 2012

Rosario

Represor con trato preferencial

El ex general Ramón Genaro Díaz Bessone es el principal imputado por violaciones a los derechos humanos en Rosario y ya violó su detención domiciliaria. Fue autorizado a permanecer todo el mes en Buenos Aires.
El principal imputado en causas por delitos de lesa humanidad en Rosario, el represor Ramón Genaro Díaz Bessone, fue autorizado a pasar la feria judicial en el Hospital militar de Buenos Aires, aun después de haber violado su prisión domiciliaria. Los fiscales de la llamada causa Díaz Bessone, Gonzalo Stara y Mario Gambacorta, solicitaron al Tribunal Oral Federal 2 que revoque la prisión domiciliaria del imputado y la resolución que lo autoriza a permanecer en el hospital militar de la ciudad durante todo este mes. Según fuentes cercanas a la causa, Díaz Bessone debería estar “en una cárcel federal común”.
La Fiscalía afirmó que el principio general es que “las penas de prisión deben cumplirse en establecimientos penitenciarios. La prisión domiciliaria configura una excepción a esta regla, que sin dudas y dadas las características de estos acontecimientos y la naturaleza de los hechos por los que está siendo juzgado Díaz Bessone, deben ser aplicados en forma restrictiva y con suma prudencia por el Tribunal dada la alarma social que pudieren generar y la violación de compromisos internacionalmente asumidos por nuestra Nación en materia de delitos de lesa humanidad”.
Ramón Genaro Díaz Bessone había solicitado en noviembre pasado ser hospitalizado en el Hospital Central Militar para ser asistido por un accidente cerebrovascular. En ese momento, los fiscales se opusieron sosteniendo que “en Rosario existen institutos perfectamente equipados para la atención del interesado”. A pesar de esto, el tribunal permitió el traslado, por lo cual la pericia para determinar su estado general de salud se realizó en el Hospital Militar. La defensa de Díaz Bessone sostenía que el imputado no se encontraba en condiciones de estar presente en las audiencias orales, por lo cual pidió que se desvinculase al principal imputado y que la causa continuara respecto de los otros.
La evaluación pericial contó con la presencia del doctor Del Toro Martínez, integrante de cuerpo médico de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, un médico de parte de la defensa, y los peritos psiquiatras Gisela Felibert y Oscar Pellegrini y el neurólogo Juan Ostre, propuestos por la querella de Familiares de Detenidos y Desaparecidos por Razones Políticas y la Liga Argentina por los Derechos del hombre. La pericia dictaminó en forma unánime que el imputado se encontraba psíquicamente en condiciones de asistir a las audiencias. En cuanto a la evaluación neurológica, se ordenó la realización de algunos estudios.
Finalmente, el Hospital Militar determinó el alta del imputado. Así las cosas, durante la última semana hábil del año el tribunal ordena el traslado de Díaz Bessone al domicilio donde cumple prisión domiciliaria en Rosario. Pero el defensor del imputado (Gonzalo Miño) cuestiona la orden y dice que no fue dado de alta; se oficia al director del hospital, quien dice que no es competente para opinar sobre el alta médica de un paciente, pero remite informes que corroboran que fue dado de alta. Comienza la feria judicial y la fiscalía solicita al Tribunal Oral que ordene su inmediato traslado a la ciudad de Rosario, cosa que vuelve a ordenarse. Pero, finalmente, el tribunal dispuso, por encima de las protestas de los fiscales, que permanezca en el Hospital Militar hasta tanto se constituya el tribunal en pleno, vale decir, retornen los tres jueces que lo integran, finalizada la feria judicial.
Y esto se dispuso a pesar de que la Dirección Provincial de Control y Asistencia Pos Penitenciaria del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Provincia de Santa Fe constatara –en los controles de rutina en el domicilio establecido por Díaz Bessone en Rosario– que allí se encontraba otra persona, quien aseguró ser el nuevo inquilino del departamento. La fiscalía toma conocimiento de este hecho recién tres días después del día de la constatación mencionada, cuando el tribunal remite el expediente.
La fiscalía fundamenta su requerimiento en que el procesado “incumplió con las reglas impuestas al concederse la prisión domiciliaria: comunicar de manera inmediata cualquier modificación del domicilio fijado como lugar de cumplimiento de la prisión preventiva que pesa sobre el mismo”. En este sentido, el contrato de alquiler del domicilio fijado por Díaz Bessone fue rescindido el 4 de diciembre y la defensa comunicó esta situación pasados 25 días y sólo después de que las autoridades provinciales constataran que en dicho lugar residía otra persona.
Fuente: Página 12 - 23/01/12.-

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