lunes, 16 de enero de 2012

Santa Fè

El programa nacional Verdad y Justicia criticó el accionar de los conjueces de Santa Fe que otorgaron permisos a condenados.
Eduardo Ramos, Facino, Brusa y María Aebi, sentados en el banquillo de los acusados.

          La actitud del tribunal demuestra "o bien ignorancia de la ley o bien una clara voluntad de su violación". De esta manera, el Programa Verdad y Justicia del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación, acusó al Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Santa Fe por su decisión de otorgar permisos para salidas transitorias a los represores Víctor Brusa, Eduardo Curro Ramos y María Eva Aebi; todos condenados en distintas causas de terrorismo de Estado que se sustancian en Santa Fe. La crítica de parte del ministerio nacional no sólo se dirigió a los jueces de Cámara santafesinos que tomaron la decisión, además se remitió copia al Consejo de la Magistratura para que -si entiende que así corresponde- inicie la investigación correspondiente sobre el desempeño de los magistrados criticados.
          El 29 de diciembre pasado, un tribunal integrado por tres conjueces aplicó el beneficio de salidas transitorias quincenales para los mencionados represores condenados a entre 19 y 22 años de prisión por delitos de lesa humanidad. La sentencia del 22 de diciembre de 2009 fue la primera en la provincia de Santa Fe por privaciones ilegítimas de la libertad y tormentos. Sin embargo, y por un inédito cómputo de los conjueces Carlos Renna, Andrea Alberto de Creus y Roberto Manuel López Arango (de Paraná) se consideró cumplida la mitad de la pena y los tres represores pasaron el fin de año en casa.
           La carta que firma Juan Guillermo Valera, como titular del Programa Verdad y Justicia está dirigida puntualmente al juez de Cámara subrogante, Manuel López Arango y señala que fue remitida "con el objeto de enciarle -en el marco de las atribuciones conferidas por el decreto del Poder Ejecutivo Nacional 606/07, el dictamen técnico Nº019/2012 en relación a las resoluciones 347/11, 348/11 y 349/11, emanadas del tribunal a su cargo, con fecha 29 de diciembre de 2011. Y ello por los siguientes motivos: El dictado de las mencionadas resoluciones por el Tribunal demuestra, o bien ignorancia de la Ley o bien una clara voluntad de su violación, ya que el artículo 5º de la ley 24.430 derogó el artículo 7º de la ley 24.390 en el cual basa las resoluciones de referencia. Y el Tribunal no ha considerado en dichas resoluciones los episodios de prefuga en que ya incurrieron los condenados, beneficiados ahora por la gracia del Tribunal que usted preside".
          El texto firmado por Valera destaca también a López Arango que "no haya solicitado oportunamente a este Programa Verdad y Justicia un estudio e informe previo de las consecuencias que pudieran reportar las medidas adoptadas; no exime a este Programa Verdad y Justicia de cumplir con el mandato del decreto de constitución que lo rige y, en consecuencia, de oficio elaboró el informe de riesgo que adjunta al presente escrito para conocimiento del Tribunal".
          A penas se había conocido la polémica resolución de los tres conjueces, el fiscal federal Martín Suárez Faisal recurrió la resolución ante la Cámara de Casación Penal, y las víctimas --que se encuentran "descorazonadas"- esperan una rápida resolución que revoque este beneficio. "No tiene antecedentes, es absolutamente desmesurado. Esperamos una inmediata corrección de Casación. No se le ha concedido a los responsables de ningún tipo de delitos en la Argentina, es inaudito que se aplique para los responsables de los delitos más graves que se han cometido en el país", había indicado a Rosario/12 el abogado querellante Guillermo Munné. Los conjueces no sólo computaron doble desde 2007 a 2009, cuando los tres presos estuvieron en prisión preventiva sin condena, sino que extendieron esa condición a los dos años que pasaron desde la sentencia en primera instancia, que no está firme por no haber sido revisada en segunda instancia.
          "Esperamos una inmediata resolución de Casación, ya que este beneficio fue recurrido por la fiscalía", indicó Munné, quien recordó que "es muy grave esta decisión para el tipo de condena de delitos que estamos hablando, que merecen la calificación de imprescriptibles, para que no haya impunidad.
Fuente: Rosario 12 -- Agencia de Noticias DH .-

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